
Finiquito: qué es, qué incluye y cómo se calcula (2026)
En resumen: el finiquito es el pago final que un empleador debe entregar al terminar la relación laboral, sin importar la causa. En México siempre incluye: salario pendiente, vacaciones no gozadas + prima vacacional (mínimo 25%), aguinaldo proporcional y, cuando aplica, prima de antigüedad. Si el despido fue injustificado, se suman 3 meses de salario, salarios vencidos y 20 días por año. La LFT no fija un plazo expreso para pagarlo: lo que sí corre es tu plazo para reclamar, y es corto (2 meses desde la separación, Art. 518 LFT).
Si te despidieron, renunciaste o simplemente quieres saber a qué tienes derecho al salir de un trabajo, entender el finiquito es la diferencia entre cobrar lo que te corresponde y quedar con menos. Esta guía explica qué es el finiquito, qué conceptos incluye, cómo calcularlo con fórmulas reales y un ejemplo en pesos mexicanos, más una comparativa con Colombia, Chile y Argentina.
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es el documento y el pago que formalizan el cierre de la relación laboral, cubriendo todos los conceptos económicos pendientes hasta la fecha de baja. No importa si saliste por renuncia voluntaria, despido o vencimiento de contrato: los conceptos devengados se te deben. En México los regula la Ley Federal del Trabajo (LFT). Fuente: Cámara de Diputados de México, texto vigente de la LFT.
Dato que casi nadie menciona: la palabra «finiquito» no aparece ni una sola vez en las 457 páginas de la Ley Federal del Trabajo. Es un término de uso común, no una figura legal con nombre propio. Lo que la ley sí reconoce son los conceptos que lo componen, cada uno en su artículo: aguinaldo (Art. 87), vacaciones (Art. 76), prima vacacional (Art. 80) y prima de antigüedad (Art. 162). Por eso no existe un «plazo del finiquito» en la ley: no existe la figura. Verificado sobre el texto vigente de la LFT (Cámara de Diputados, consultado el 17 de julio de 2026).
Tip: el finiquito es solo PARTE de lo que puedes recibir al salir. Si el despido fue sin causa justificada, también tienes derecho a la indemnización constitucional (3 meses de salario + 20 días por año), que va adicional al finiquito. A eso se le llama comúnmente "liquidación".
¿Qué incluye el finiquito? Los 6 conceptos clave
El finiquito siempre incluye cuatro conceptos mínimos: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional y aguinaldo proporcional. A estos se puede sumar la prima de antigüedad y, en caso de despido injustificado, la indemnización constitucional.
Concepto | Quién lo recibe | Base legal (LFT) | Fórmula básica |
|---|---|---|---|
Salario pendiente | Todos | Art. 88 | Días trabajados no pagados × salario diario |
Vacaciones no gozadas | Todos | Arts. 76-79 | Días de vacaciones × salario diario |
Prima vacacional (mín. 25%) | Todos | Art. 80 | Días vacaciones × salario diario × 25% |
Aguinaldo proporcional | Todos | Art. 87 | 15 días de salario × meses trabajados en el año ÷ 12 |
Prima de antigüedad | Despido injust. o +15 años seniority | Art. 162 | 12 días × años completos × salario diario (tope: 2× SMG) |
Indemnización constitucional | Solo despido injustificado | Arts. 48-50 | 3 meses de salario + 20 días × salario diario × años |
Dato: la prima vacacional mínima del 25% está fijada por la LFT (Art. 80), pero muchos contratos colectivos ofrecen 50%, 75% o hasta 100%. Revisa siempre tu contrato antes de firmar el finiquito. Fuente: Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados México.
¿Cómo se calcula el finiquito? Guía paso a paso
Para calcular el finiquito necesitas tres datos: tu salario diario, los días/meses trabajados y la causa de terminación. Sigue estos seis pasos:
Calcula tu salario diario: divide tu sueldo mensual entre 30. Ejemplo: $15,000 MXN ÷ 30 = $500/día.
Salario pendiente: días trabajados en el último período sin cobrar × $500/día.
Vacaciones no gozadas: cuenta los días acumulados y no disfrutados. La tabla del Art. 76 LFT (reformado el 27 de diciembre de 2022, «vacaciones dignas») da 12 días el primer año y suma 2 por cada año siguiente hasta llegar a 20 días en el quinto año. A partir del sexto año aumenta 2 días por cada 5 de servicios (22 días de 6 a 10 años, 24 de 11 a 15, y así).
Prima vacacional: días vacaciones × $500 × 0.25 (el 25% mínimo de la LFT).
Aguinaldo proporcional: 15 × (meses trabajados en el año ÷ 12) × $500/día. Si llevas 7 meses: 15 × (7÷12) × $500 = $4,375.
Prima de antigüedad (si aplica): 12 días × años completos × salario diario, pero con un tope: si tu salario excede el doble del salario mínimo, se usa esa cantidad como salario máximo (Art. 486 LFT). El salario mínimo general para 2026 es de $315.04/día, así que el tope es $630.08/día ($881.74 en la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el mínimo es $440.87). Si tu salario diario es menor al tope, usas el tuyo. Fuente: CONASAMI, resolución publicada en el DOF el 9 de diciembre de 2025.
Importante sobre la prima de antigüedad: la LFT la establece para trabajadores con más de 15 años de antigüedad que renuncian voluntariamente, y para todos los casos de despido (justificado o no). Si llevas menos de 15 años y renuncias, técnicamente no te corresponde, aunque algunas empresas la otorgan. Fuente: Art. 162 LFT.
Ejemplo completo de cálculo de finiquito (México 2026)
Carlos tiene 3 años de antigüedad con un salario de $15,000 MXN/mes ($500/día). Es julio de 2026 (7 meses del año). Tiene 10 días de vacaciones no gozadas. Calculamos su finiquito en dos escenarios: renuncia voluntaria y despido injustificado.
Concepto | Fórmula | Renuncia voluntaria | Despido injustificado |
|---|---|---|---|
Salario pendiente (15 días) | 15 × $500 | $7,500 | $7,500 |
Vacaciones no gozadas (10 días) | 10 × $500 | $5,000 | $5,000 |
Prima vacacional (25%) | $5,000 × 0.25 | $1,250 | $1,250 |
Aguinaldo proporcional (7 meses) | 15 × 7/12 × $500 | $4,375 | $4,375 |
Prima de antigüedad (3 años) | 12 × 3 × $500 | No aplica (< 15 años) | $18,000 |
Indemnización: 3 meses | 3 × $15,000 | No aplica | $45,000 |
Indemnización: 20 días × año | 20 × $500 × 3 | No aplica | $30,000 |
TOTAL | $18,125 | $111,125 |
ISR sobre el finiquito: el salario pendiente y el aguinaldo tributan normalmente. La indemnización tiene una exención parcial equivalente a 90 veces el SMG general elevado al año (Art. 93, fracción XIII, LISR). Consulta con un contador para el neto exacto. Fuente: Servicio de Administración Tributaria (SAT), México.
Finiquito vs Liquidación: diferencias clave
El finiquito son los conceptos que siempre te corresponden al salir; la liquidación es la indemnización adicional que solo aplica cuando el despido fue sin causa justificada. Muchos los usan como sinónimos, pero son conceptos distintos:
Finiquito | Liquidación (indemnización) | |
|---|---|---|
¿Cuándo aplica? | Siempre: renuncia, despido, fin de contrato | Solo despido injustificado o negativa a reinstalación |
¿Qué incluye? | Salario pendiente, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo (y prima de antigüedad si aplica) | Finiquito + 3 meses de salario + 20 días por año trabajado + salarios vencidos (hasta 12 meses, Art. 48) |
Base legal | Arts. 76-162 LFT | Arts. 48-50 LFT |
¿Es negociable? | No (mínimos de ley) | Sí, puede ser mayor por contrato colectivo o acuerdo |
Tip: si te piden firmar la renuncia pero en realidad te están despidiendo, no firmes. La firma de renuncia elimina tu derecho a la indemnización. Si hay presión para que renuncies, asesórate en la PROFEDET antes de firmar.
El finiquito en LATAM: México, Colombia, Chile y Argentina
El concepto de finiquito existe en toda LATAM, pero varía en nombre, componentes y plazos según la legislación de cada país. Si trabajas de forma remota para una empresa en otro país, es clave saber qué ley aplica a tu contrato.
País | Nombre | Componentes clave | Plazo de pago |
|---|---|---|---|
México | Finiquito / Liquidación | Salario, vacaciones + prima (≥25%), aguinaldo, prima antigüedad, indemnización si aplica | Sin plazo expreso en la LFT; se paga al terminar la relación. Reclamo: 2 meses (Art. 518) |
Colombia | Liquidación de prestaciones | Cesantías, intereses sobre cesantías, vacaciones, prima de servicios, indemnización si aplica | Al momento de la terminación (Art. 65 CST) |
Chile | Finiquito | Sueldo, vacaciones proporcionales, indemnización por años de servicio (≥30 días/año, tope 11 años) | 10 días hábiles; requiere firma ante notario o Inspector del Trabajo |
Argentina | Liquidación final | SAC proporcional, vacaciones no gozadas, indemnización por antigüedad (1 mes/año, mín. 3 meses) | 4 días hábiles (Art. 128 LCT - Ley 20.744) |
Dato LATAM: en Colombia, las cesantías se depositan mensualmente en un fondo administrador, reduciendo el riesgo de impago al salir. En Chile, el finiquito debe ratificarse ante el Inspector del Trabajo para ser plenamente válido. Fuentes: Código Sustantivo del Trabajo (Colombia), Código del Trabajo (Chile), Ley 20.744 LCT (Argentina).
¿Cuándo deben pagar el finiquito? ¿Y si no te lo dan?
La Ley Federal del Trabajo no fija un plazo expreso para pagar el finiquito. Es una de las confusiones más repetidas en internet: verás por todos lados un supuesto plazo de «15 días hábiles según el Art. 804 LFT», pero ese artículo trata de la obligación del patrón de conservar y exhibir documentos en juicio (contratos, nóminas, comprobantes), no de plazos de pago. Lo verificamos sobre el texto vigente. En la práctica, el pago se realiza al terminar la relación laboral y lo exigible es el salario, que sí tiene periodicidad máxima de una semana o quince días según el tipo de trabajo (Art. 88 LFT). Lo que sí tiene reloj es tu derecho a reclamar: si te separaron del trabajo, tienes solo 2 meses desde el día siguiente a la separación (Art. 518 LFT); para el resto de prestaciones, el plazo general es de 1 año (Art. 516 LFT). Si no te pagan, puedes:
Acudir a la PROFEDET: la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es gratuita y ofrece asesoría jurídica y gestión de conciliación. Visita profedet.gob.mx.
Centro de Conciliación Laboral (CFCRL): desde la reforma laboral de 2019, la conciliación es obligatoria antes de demandar. Es el paso previo al juicio.
Demandar ante el Tribunal Laboral: si la conciliación falla, puedes demandar el pago más intereses. Ojo con el reloj: las acciones de quien fue separado del trabajo prescriben en 2 meses (Art. 518 LFT) y las demás acciones laborales en 1 año (Art. 516). Presentar la solicitud de conciliación suspende ese plazo (Art. 684-B).
¿Firmaste el finiquito y hay errores? Firmar no extingue automáticamente tus derechos si el cálculo fue incorrecto o faltó un concepto: un finiquito no puede renunciar a derechos mínimos de ley (Art. 33 LFT). Pero actúa rápido: si te separaron del trabajo, el plazo para reclamar es de 2 meses desde el día siguiente a la separación (Art. 518 LFT), y se suspende cuando presentas la solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación (Art. 684-B). Fuente: Ley Federal del Trabajo vigente, Cámara de Diputados.
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El finiquito es parte de un marco de derechos laborales más amplio. Antes de renunciar o negociar tu salida, infórmate:
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Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se calcula el finiquito en México 2026?
- Para calcular el finiquito necesitas tu salario diario y los días/meses trabajados. Suma: (1) días trabajados sin cobrar × salario diario, (2) días de vacaciones pendientes × salario diario × 1.25 (incluye la prima vacacional del 25%), (3) 15 días de salario × meses del año trabajados ÷ 12 (aguinaldo proporcional). Si el despido fue injustificado, agrega 3 meses de salario, 20 días por año y los salarios vencidos. Fuente: Ley Federal del Trabajo, Arts. 76, 80, 87 y 48-50.
- ¿Qué conceptos incluye el finiquito?
- El finiquito incluye: salario pendiente (días trabajados no cobrados), vacaciones no gozadas, prima vacacional (mínimo 25% sobre vacaciones) y aguinaldo proporcional (15 días de salario por año). Si el despido fue injustificado, también incluye indemnización constitucional y prima de antigüedad. Curiosamente, la palabra «finiquito» no aparece en la Ley Federal del Trabajo: es un término de uso común, y la ley regula cada concepto por separado.
- ¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
- El finiquito incluye los conceptos que corresponden al salir de cualquier trabajo (renuncia, despido o fin de contrato): salario pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. La liquidación es la indemnización adicional (3 meses + 20 días por año + salarios vencidos) que aplica solo cuando hay despido sin causa justificada. Ambos términos se usan como sinónimos en el lenguaje cotidiano, pero legalmente son distintos.
- ¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar el finiquito?
- La Ley Federal del Trabajo no establece un plazo expreso para pagar el finiquito. El plazo de «15 días hábiles según el Art. 804 LFT» que se repite en internet es incorrecto: el Art. 804 regula la obligación del patrón de conservar y exhibir documentos en juicio, no plazos de pago. En la práctica el pago se hace al terminar la relación laboral. Lo que sí tiene plazo es tu reclamo: 2 meses desde la separación (Art. 518 LFT). Si no te pagan, acude a la PROFEDET (profedet.gob.mx) o al Centro de Conciliación Laboral.
- ¿Puedo rechazar o impugnar el finiquito?
- Sí. Firmar no extingue tus derechos si el cálculo fue incorrecto o faltó un concepto: la LFT declara nula la renuncia a salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones, cualquiera que sea la forma que se le dé (Art. 33). Además, todo convenio debe ratificarse ante el Centro de Conciliación, que solo lo aprueba si no contiene renuncia de derechos. Actúa rápido: si te separaron del trabajo el plazo para reclamar es de 2 meses (Art. 518 LFT), y se suspende al presentar la solicitud de conciliación (Art. 684-B). La PROFEDET ofrece asesoría gratuita.